Un jurado de Los Ángeles ha condenado a Meta y a YouTube por el daño causado por sus diseños adictivos.

Es una sentencia que muchos consideran se podría aplicar a otros casos similares, y ser un punto de inflexión. Comparable tal vez con las sentencias contra las tabaqueras en los años 90, que acabaron en multimillonarios acuerdos tras una cascada de sentencias desfavorables.

Las empresas tecnológicas han sido acusadas de “negligencia” porque sabían de lo perjudicial en la salud de los menores, pero siguieron fomentándolo, con características como feeds infinitos y reproducción automática.

Se aportaron como pruebas documentos internos de las tecnológicas que demuestran que conocen los efectos nocivos de sus productos en menores. Por ejemplo, documentos de Meta que hablaban sobre los filtros de “belleza” que modifican la apariencia de los usuarios, donde empleados y 18 expertos advirtieron que podrían ser perjudiciales.

Caso Kaley

El caso en concreto que se ha juzgado es el de una joven de 20 años adicta a las redes desde los 6 años.

Kaley G.M. empezó a entrar en internet con 6 años, viendo vídeos en YouTube. Con nueve, con su primer iPhone propio, usaba Instagram; con 10, TikTok (entonces denominado Musical.ly), y con 11, Snapchat. Llegaba a pasar hasta 16 horas al día en dichas aplicaciones. Si sus padres le restringían el uso, tenía ataques de pánico.

Kaley culpa a Instagram y Youtube de su fobia social, su dismorfia muscular y sus intentos de autolesión. Un jurado en California le ha dado la razón a Kaley. Meta y Youtube la tendrán que indemnizarla con 6 millones de dólares (un 70% Meta y el otro 30% YouTube).  TikTok y Snapchat se han salvado de la condena, porque han alcanzado previamente acuerdos extrajudiciales.

Google (YouTube) alegó que su naturaleza difiere de las redes sociales tradicionales (como Facebook o Instagram), argumentando que su servicio está diseñado para el consumo de video y no principalmente para la interacción social adictiva. Aún así ha sido condenada por el jurado.

Conejillos de indias

“Los gigantes de las redes sociales nunca habrían enfrentado un juicio si hubieran priorizado la seguridad de los niños por encima de la interacción”, dijo James Steyer, fundador y director ejecutivo de Common Sense Media, en un comunicado tras la decisión.

“En cambio, ocultaron su propia investigación que mostraba que los niños estaban siendo perjudicados y utilizaron a los menores y a la sociedad como ‘conejillos de indias’ en experimentos masivos, descontrolados y altamente rentables. Ahora, los ejecutivos están rindiendo cuentas”, resaltó Steyer.

En España, María Salmerón, pediatra y presidenta de la Sociedad Española de Medicina de la Adolescencia (SEMA), ha advertido que las plataformas están diseñadas mediante patrones que dificultan la desconexión.

«Están priorizando el derecho de la empresa a vender su producto frente al derecho de los ciudadanos a la salud y al neurodesarrollo, especialmente en el caso de los menores«, ha subrayado Salmerón, en una entrevista en Onda Cero.

Punto de inflexión

Este fallo no solo impone una multa millonaria, sino que abre un debate mucho más profundo y necesario: ¿hasta qué punto las redes sociales deben asumir responsabilidad legal por el daño que causan a los menores? Durante años, el foco se ha puesto casi exclusivamente en las familias, pero esta sentencia introduce un cambio de paradigma al señalar también a las plataformas como creadoras de entornos deliberadamente adictivos. Cuando existen evidencias de que estos diseños —como los feeds infinitos o la reproducción automática— afectan negativamente al desarrollo y la salud mental de los jóvenes, la responsabilidad ya no puede recaer únicamente en los padres. Estamos, probablemente, ante un punto de inflexión histórico, similar al vivido con otras industrias en el pasado, que podría desencadenar una ola de nuevas demandas y obligar a replantear el modelo de negocio de estas compañías.

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