Los espectadores cuentan con dos vías legales para quejarse de las televisiones.

Mar Tagle (La Gaceta, 7-4-09)

En diciembre de 2004, las televisiones, mediante la firma del Código de Autorregulación, se comprometieron, entre otros principios, a “garantizar el respeto a los derechos fundamentales de los menores”.

Para comprobar si se cumplía o no el código, se creó una Comisión Mixta de Seguimiento, formada por profesionales de las televisiones, miembros de organizaciones representativas de la sociedad civil y la Administración. Ésta se encarga de tramitar las quejas recibidas a través del portal www.tvinfancia.es, puesto en marcha por la Administración en 2005.

A pesar de que son muchas las asociaciones de telespectadores que realizan informes periódicamente que dejan patente el incumplimiento del código por parte de las cadenas, las televisiones alegan que no reciben quejas por parte del telespectador. De hecho, en el último informe de la Comisión (marzo 2008) sólo se recogieron 216 quejas y fueron aceptadas 71. Las asociaciones afirman que “los espectadores desconocen las formas que tienen para reclamar”. LA GACETA explica las dos vías legales para denunciar contenidos inapropiados emitidos en la pequeña pantalla.

1.-El portal gubernamental “www.tvinfancia.es”

«La Comisión Mixta recibe las quejas a través de un formulario o mediante correo electrónico»

En 2005 la Administración puso en marcha el portal www.tvinfancia.es. En él, aparte del Código de Autorregulación completo y los informes publicados por la Comisión en los últimos años, el espectador puede tramitar sus reclamaciones a las cadenas de televisión por incumplimiento del código.

La página web presenta dos vías. La primera mediante el envío de un email a la dirección reclamaciones@tvinfancia.es. La segunda opción es rellenar un formulario. En ambos casos el espectador debe indicar la cadena que ha incumplido el código, así como la fecha, hora, programa de emisión y el objeto de la reclamación. Éste se resume en cuatro grandes grupos: comportamientos sociales, violencia, sexo o temática conflictiva.

Anónimo: La reclamación puede ser anónima, dejando a voluntad del demandante el incluir sus datos personales. Lo que sí es obligatorio es facilitar una dirección de correo electrónico para que el demandante pueda verificar que la reclamación ha sido enviada correctamente y la Comisión pueda ofrecer una respuesta al espectador con respecto a su reclamación.

A pesar de que el Gobierno anunció a bombo y platillo la puesta en marcha de este portal hace ya cuatro años, lo cierto es que la página está totalmente desactualizada. Tanto los apartados de “preguntas más frecuentes” como el de “publicaciones” están vacíos. Este es un ejemplo más de la dejadez por parte de la Administración con respecto al código, ya que es evidente que la prensa se ha hecho eco del incumplimiento del mismo a raíz de los informes de las asociaciones de telespectadores.

2.-El Defensor del oyente y espectador en RTVE


En mayo estrena programa en la 2, “que dará respuestas a las reclamaciones de la audiencia”

A imagen y semejanza de una figura tradicional de la prensa escrita anglosajona, Carmen Cafarell -entonces presidenta de RTVE- puso en marcha la figura del Defensor del telespectador y radioyente en 2006. Tras relevar a Manuel Alonso Erausquín en 2007, la periodista Elena Sánchez ocupa el cargo de Defensora. En una entrevista concedida a LA GACETA, Sánchez afirmó haber recibido más de 3.000 comunicaciones, entre las que “se desestimaron 47 y 90 eran agradecimientos”. El espectador, a través de www.rtve.es puede rellenar el formulario y enviar una reclamación al ente público sobre cualquier aspecto de su programación, ya sea de televisión, radio o internet.

Además, hace un mes el presidente de RTVE, Luis Fernández, anunció en el Senado, el estreno en mayo de un programa en La 2 donde Elena Sánchez “dará respuesta a las reclamaciones y sugerencias recibidas a través de la web”.

Incumplir horarios: Desde que funciona este medio, las principales quejas recibidas por la defensora han sido las relativas al incumplimiento de los horarios anunciados previamente por la cadena -especialmente las retransmisiones deportivas-, así como las relacionadas con la publicidad y tratamiento de las noticias “trágicas”, apuntó Fernández en su intervención.

El cargo del defensor es totalmente independiente, y “principalmente debe velar para que no se vulneren los derechos del espectador -explicó Sánchez a este diario-. Debe estimular una relación de crítica constructiva de los espectadores hacia las cadenas”.